Colegiación y normativa colegial

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Cómo colegiarse

Para ejercer o trabajar como profesional titulado en Química, Ingeniería Química, Bioquímica, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Biotecnología, Ciencias del Mar, y aquellas titulaciones afines a la química, tienes que estar COLEGIADO.

La Ley de Colegios Profesionales así lo obliga, tanto a quienes presten sus servicios por cuenta ajena, por cuenta propia (autónomo) y funcionarios.

Los extranjeros, no ciudadanos de la Unión Europea, que hayan obtenido del Ministerio de Educación de España la convalidación de algún título de su país de origen con cualquiera de los mencionados en el párrafo anterior.

Colegiación On-line

Accede al formulario de Alta On-line.

Tener preparado:

  1. Título o resguardo (pdf)
  2. DNI ambas caras (pdf)
  3. Fotografía actual (jpg)
  4. Documento Tratamiento de Datos
  5. Solicitud bonificación 50% cuota (solo desempleados)

¿Cómo me puedo colegiar por e-mail?

Alta colegiación por email: es necesario descargar el formulario de alta de colegiación enviarlo a: (colquimur@colquimur.org), junto con los documentos para proceder al alta colegial.

Si deseas entregarlo en nuestras instalaciones estamos en la Facultad de Química y en el Centro Los Rectores de Espinardo, Murcia. 968 907021

¿Que beneficios tengo como colegiado?

Cuota colegial

Cuota de inscripción*: No tenemos cuota de inscripción.

Cuota anual: 120€ (se podrá pagar en un solo recibo anual o en dos recibos semestrales).
Cuota anual desempleados: 60€ (será necesario acreditar dicha situación). Si el colegiado cambia su situación a activo se regularizará la cuota.

La cuota de colegiado incluye seguro de Responsabilidad Civil Profesional.

*Las altas de nuevos colegiados están sujetas en el primer año, al pago integro de la cuota anual, independientemente soliciten la baja dentro de ese periodo. La cuota de las nuevas altas se calcula teniendo en cuenta el mes de alta hasta diciembre.

INFORMACIÓN FISCAL: La cuota colegial deduce en la declaración de la renta de las personas físicas, y si la cuota es pagada por la empresa se deduce en el impuesto de sociedades.

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