- CUOTA COLEGIAL
- CUOTA COLEGIAL
- Cuota de Alta Colegiación (una sola vez): 30€. (Ver condiciones especiales de bonificación)
- Cuota Colegial 2023: 120 € (incluye seguro obligarorio de Responsabilidad Civil, así como todos los serivicos profesionales).La cuota se paga por años naturales dentro del primer semestre de cada año, si bien es posible abonarla en 2 pagos semestrales (60€) si se solicita en el mismo momento de la solicitud de alta de colegiación, por escrito, ya sea por correo, email (colquimur@colquimur.org), o directamente en las oficinas de la secretaría del Colegio. Si la colegiación se efectúa una vez iniciado el año, la cuota de dicho año queda reducida a la parte proporcionar de lo que queda de año.
- La cuota colegial es anual, y aunque se solicite a lo largo del año, la baja se producirá a 31/12 del año natural y tendrá efectos a 1/1 del año siguiente.
- La baja de colegiación, aún siendo de cuota semestral, tiene efetos de obligación anual, tendrá que ser abonada de manera integra por el colegiado, de lo contrario se declarará como no estar al corriente en sus pagos colegiales y será reclamada la cuota.
- Se podrá solicitar cuota bonificada para aquellos que estén en situación de desempleo, que será de 60€ anuales, siendo regulada en el caso de que la situación cambie a activo.
- La cuota de colegiación lleva incluida un seguro de Responsabilidad Civil Profesional para aquellos que están en activo, que cubre la actividad profesional del colegiado ante reclamaciones, denuncias, defensa jurídica, indemnizaciones, etc.. Existe la posibilidad de ampliar ese seguro con un Complemento Voluntario (Seguro de Responsabilidad Civil ampliado): Desde 55,73,€ (cobertura de 30.000€). Existe la posibilidad de contratar coberturas hasta 600.000€ con un máximo anual de 1.200.000€). Este seguro es voluntario
Acuerdo: BANCO SABADELL.
El Banco Sabadell trabaja en PRO de los Profesionales del Ilustre Colegio Oficial de Químicos de Murcia. Por eso, la CUENTA SABADELL PRO, que entre otras ventajas, para los jóvenes entre 18 y 29 años pueden disfrutar de la cuenta con 0 comisiones de mantenimiento.
Descargar folleto informativo: https://www.colquimur.org/wp-content/uploads/2023/02/350413_Folleto_EL304-1.pdf
INFORMACIÓN SOBRE LA DEDUCCIÓN DE LA CUOTA EN LA RENTA
En cuanto a la Cuota Colegial hay que hacer notar el artículo 17.3.d de la LEY 40/1998, de 9 de diciembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras Normas Tributarias de IRPF. “Tendrán la consideración de gastos deducibles exclusivamente las siguientes: Las cuotas satisfechas a sindicatos y colegios profesionales cuando la colegiación tenga carácter obligatorio, en la parte que corresponda a los fines esenciales de esas instituciones, y con el límite que reglamentariamente se establezca”. Así como el artículo 6.2 de la Ley 6/1999 de Colegios Profesionales de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia que trata sobre la obligatoriedad de la colegiación para el ejercicio de la profesión.